Como cumplir tus impuestos 2017: «Claves»

Por Admin / hace 7 años / 0 Comentarios ».

Como cumplir tus impuestos 2017

Es verdad y no se puede negar que la tecnología aveces nos ayuda demasiado pero, estar al día con todos los impuestos cada vez nos cuesta mas. impuestos

Aclarar que muchos tramites podrás hacerlos de forma personal, aunque otra parte de tramites necesitaras a un contador, aunque lo que mas te recomiendo es que consultes todo al tener hasta una mínima duda.

IMPUESTOS PROVINCIALES


  • Al patrimonio: Las provincias y los municipios cobran dos tributos: el Inmobiliario y el Automotor.

Es verdad que no todas las jurisdicciones son iguales pero, por lo general, tiene un vencimiento, y ese vencimiento es anual y ademas permiten el pago por cuotas. También aclarar, que aunque se pueda pagar por cuotas, en algunos casos si lo pagan de contado tendrán algún beneficio y para aquellos que cumplen con el vencimiento al día.

Las boletas de pago suelen, por lo general, llegar al domicilio o al correo electrónico de cada contribuyente. Pero recuerda que esto puede llegar a fallar, entonces, lo mejor es averiguar la fecha de vencimiento en tu ciudad porque se puede llegar a pasar.

  • A las ventas:

En caso de que estés ejerciendo un trabajo independiente, seguramente  estas con el tema de los impuestos a los Ingresos Brutos o por las contribuciones municipales sobre la actividad. En este caso, tendrás que consultar a tu contador. Recuerda que los vencimientos son mensuales y tenes que declarar la facturación.


IMPUESTOS NACIONALES

Monotributo:

  • Factura Electrónica: Es totalmente obligatoria para los monotributistas de las categoría G en adelante(Osea que los ingresos brutos son $240.000 anualmente)
  • Pago Mensual: El pago es el día 20 de cada mes o el día hábil siguiente.
  • Autorización de comprobantes: Tendrás que pedir un código en la AFIP para imprimir nuevos talonarios.
  • Declaración jurada informativa cuatrimestral: Esto es obligatorio entre las categorías  E a la K o para los que tengan empleados.
  • Recategorización cuatrimestral: Vence solamente tres veces al año: día 20 de los meses  enero, mayo y septiembre. Solo para los que superan el monto de su categoría.

Impuesto a las ganancias:

  • Autónomo: De esta manera tendrás que hacer una declaración jurada anual para liquidar y pagar el impuesto.

Bienes Personales:

  • Impuesto al Valor Agregado: En caso de estar inscrito en el IVA,  tendrás que presentar la declaración jurada mensualmente con la liquidación del impuesto y pagar lo que te corresponde. Recuerda asesorarte con un contador.
  • Contribuyente cumplidor: En caso de que hallas pagado en tiempo y forma Bienes Personales y Ganancias de 2014 y 2015, podes pedir la exención de Bienes Personales por los próximos tres años.

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